La Alcaldía Miguel Hidalgo cuenta con un Concejo, integrado por doce Concejales, mismos que fueron electos democráticamente y que entraron en funciones a partir del 1° de octubre de 2024 por un periodo de 3 años.
El Concejo es el órgano colegiado electo por voto popular en la Alcaldia.
Pese a que su cargo influye en la toma de decisiones, el concejal no puede realizar dictámenes para ningún proyecto, cambio dentro de la alcaldía, ni funciones de gobierno y administración pública.
Las atribuciones del Concejo, como órgano colegiado según el Artículo 104 de la Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México, incluyen
discutir y aprobar propuestas de la Alcaldía,
aprobar el presupuesto y el programa de gobierno, emitir opiniones sobre cambios de uso de suelo y concesiones, y revisar informes anuales sobre el gasto público. También tiene la facultad de
nombrar comisiones para supervisar acciones gubernamentales, convocar a vecinos a participar en sesiones con voz pero sin voto, remitir informes al Sistema Anticorrupción, solicitar revisiones administrativas, celebrar audiencias públicas y aprobar programas parciales. Estas funciones buscan garantizar la representación ciudadana y la transparencia en la gestión pública.
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